

SOBRE LAS BECAS
OBJETIVO
Objetivo.
La Universidad de Los Mochis en cumplimiento con el artículo 33 Capítulo VII, del ACUERDO número 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior; cumplirá con lo establecido, por la Secretaria de Educación Pública y Cultura, otorgando el 5% mínimo con respecto a la matrícula escolar.
También otorgará becas con porcentajes aplicados en el pago de colegiaturas con el propósito de brindar apoyo a sus estudiantes, que, teniendo deseos y capacidad para estudiar, no cuenten con los recursos económicos necesarios para hacerlo.
A quienes se otorgarán las becas.
Las becas se otorgarán exclusivamente para realizar estudios de nivel Licenciatura.
MONTO Y DURACIÓN DE LAS BECAS
Monto de las becas.
Las becas de estudio se otorgarán con un 25, 50, 75 o 100 por ciento del monto de la colegiatura, conforme a las necesidades del solicitante y a la evaluación que de las mismas haya hecho el Comité de Becas.
Duración de las becas.
La Convocatoria para el otorgamiento de becas se hará semestralmente y las solicitudes se recibirán en la fecha que señale el Comité de Becas.
Todo estudiante que se le haya otorgado beca y pretenda continuar con el beneficio, deberá solicitar refrendo de la misma al inicio de cada ciclo escolar y en la fecha que señale para tal efecto el Comité de Becas.
Cancelación de las becas.
La cancelación de las becas se podrá realizar cuando el alumno:
I. Haya proporcionado información falsa para su obtención, y
II. Realice conductas contrarias al reglamento institucional o, en su caso, no haya atendido las amonestaciones o prevenciones que por escrito se le hubieren comunicado oportunamente.
DE LOS ÓRGANOS.
Programa.
El programa de becas de la Universidad de Los Mochis estará a cargo de la Dirección Administrativa, a través del Comité de Becas.
Comité de becas.
El Comité de Becas se integrará por el Rector, quien fungirá como Presidente; el Director Académico, quien fungirá como Secretario y el Director Administrativo, quien fungirá como Coordinador.
Funciones del Comité de becas.
Será función del Comité de Becas resolver, en definitiva, las solicitudes de beca que se presenten.
Funciones de la Dirección Administrativa.
Son funciones de la Dirección Administrativa:
a) Elaborar y dar a conocer el calendario de recepción de solicitudes de beca.
b) Recibir las solicitudes de becas de los interesados.
c) Realizar las investigaciones socioeconómicas y académicas de las solicitudes recibidas.
d) Integrar los expedientes de las solicitudes que se formulen, a partir de las normas que se deriven del procedimiento.
e) Informar semestralmente, al Departamento de Control Escolar, los alumnos beneficiados con beca, con el propósito de que el Departamento pueda informar oportunamente sobre las bajas de los alumnos, las irregularidades académicas y el mantenimiento de promedio de calificaciones señalado como mínimo indispensable.
DE LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS.
Requisitos.
La Dirección Administrativa dará curso a las solicitudes de quienes cumplan con los siguientes requisitos:
I.- Ser alumno regular.
II.- Que el solicitante tenga como mínimo un promedio de 8 en el ciclo inmediato anterior.
III.- No haber reprobado ninguna materia.
IV.- Que a través del estudio socioeconómico practicado al solicitante y a su familia, se demuestre la carencia de recursos para pagar las colegiaturas total o parcialmente, según el caso.
V.- Que el solicitante no reciba ningún otro apoyo relacionado con beca o ayuda para realizar estudios.
VI.- Que el solicitante no tenga un empleo fijo remunerado.
VII.- Estar al corriente de sus pagos.
VIII.- Llenar la solicitud correspondiente.
IX.- Presentar una constancia del ingreso mensual familiar, copias fotostáticas de los dos últimos recibos de sueldos. Quienes no estén en condiciones de obtener la constancia, por características del empleo, podrán presentar una carta donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, sobre el ingreso mensual percibido, ocupación y cuantas personas dependen de él.
Acreditamiento de los requisitos.
Los interesados en obtener una beca, deberán acreditar los requisitos establecidos en el artículo anterior, de acuerdo con los procedimientos que para tal efecto señale el Comité de Becas.
De la investigación socioeconómica.
La Dirección Administrativa recibirá la solicitud y los demás documentos y procederá a practicar una investigación socioeconómica del solicitante y su familia, para poder evaluar la necesidad de la beca solicitada. Al integrar el expediente de cada solicitud, se considerarán igualmente los antecedentes escolares del solicitante.
Resolución.
Una vez resuelta la solicitud por el Comité de Becas, se turnará el expediente a la Dirección Administrativa, quien comunicará la resolución al interesado y al Departamento de Control Escolar.
Informes.
El Departamento de Control Escolar y el Departamento de Cajas, proporcionarán los informes que sean solicitados por la Dirección Administrativa para el cumplimiento del programa de becas.
Asuntos no previstos.
Los asuntos no previstos en este Reglamento serán resueltos por el Comité de Becas.
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